TESTIMONIO: El Honorable Concejo Deliberante del Partido de Balcarce, en uso de sus atribuciones, sanciona la siguiente: O R D E N A N Z A Nº 45/93 --------------------------------- ARTICULO 1.- Las disposiciones de la Ordenanza Nº 26/93 tendrán vigencia por - ------------ ciento veinte (120) días contados a partir de la promulgación de la presente.----------------------------------------------------------------------- ARTICULO 2.- Cúmplase, comuníquese, regístrese y publíquese.-------------------------------- DADA en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante, en Sesión Ordina- ria, a los ocho días del mes de julio de mil novecientos noventa y tres. FIRMA-DO: Dr. Norberto A. Pilone - PRESIDENTE - Juan José Troya - SECRETARIO.---------